En aplicación del RD 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales, el Ayuntamiento de Moncofa pone a disposición el presente formulario para que cada contratista que deseen consultar su inclusión en la relación certificada de obligaciones pendientes de pago que ha sido remitida al Ministerio de Hacienda Y Administraciones Públicas.
Las obligaciones pendientes de pago a los contratistas han de cumplir los siguientes requisitos:
- Ser vencidas, líquidas y exigibles.
- Que la recepción, en el Registro de Entrada de la entidad local, de la correspondiente factura, factura rectificada, en su caso, o solicitud de pago equivalente, haya tenido lugar antes del 1 de Enero de 2.012.
- Que se trate de contratos de obras, servicios o suministros, incluidos en el ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
De la consulta de la relación certificada enviada al Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas pueden derivarse las siguientes situaciones:
- Que el proveedor conste en la relación certificada enviada al Ministerio y esté de acuerdo con el contenido de la misma.- En este caso, si lo desea, podrá solicitar la impresión de la relación de sus facturas pendientes de pago, a efectos puramente informativos.
- Que el proveedor conste en la relación certificada enviada al Ministerio pero no esté conforme con su contenido.- En este caso puede solicitar la emisión de su certificado individual (según modelo aprobado por Orden HAP/537/2012, de 9 de marzo) a través de los medios expresados en el siguiente apartado, mediante solicitud oficial e identificando el Servicio Municipal, Organismo Autónomo o Empresa Municipal a qué corresponda el gasto. Modelo de solicitud de certificado individual.
- Que el proveedor NO conste en la relación certificada. En este caso, los contratistas, si lo desean, podrán solicitar la emisión de su certificado individual presentando solicitud al efecto a través de los siguientes medios:
- Registro General del Ayuntamiento.
- A través de cualquier otro medio previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, LRJPAC.
Presentada dicha solicitud, el Ayuntamiento deberá emitir el certificado en el plazo máximo de 15 días naturales.
En todo caso, los proveedores deberán adherirse al RD ley 4/2012 para cobrar las facturas presentada por esta Entidad al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (pinchar aquí).
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